HECHOS Y DOCUMENTOS DEL9 DE DICIEMBRE DE 2010 AL AÑO 2012:

IX.- El 9 de diciembre de 2010 AN/RC entregó en mano al alcalde la solicitud la resolución del contrato por no habérsele entregado el conjunto edificatorio (Doc 39) porque a esa fecha solo se le había entregado el 7,5 % del conjunto edificatorio (así consta en Actas notariales, con fotos) que debía haberse inaugurado en 2008 y pidió “Que se le reconozca el derecho a ser indemnizado, de acuerdo con la Ley” (Sin pedir ni un euro, sólo que se le reconociera el derecho, según prevé textualmente el Doc 3). Y en el siguiente Recurso se añadió “Que el Aytº adopte medidas en relación al conjunto edificatorio…. al objeto de no comprometer o realizar gastos vinculados al mismo” haciendo clara alusión a las obras que continuaron. En esa fecha AN/RC tenía pendiente de facturar al Aytº 2.400.000€ de los 7.200.000€ que el contrato señala, a los que AN/RC renunciaba (además de a los daños y perjuicios) para poder rescindir el contrato, porque pasados ya tres años y sin entregarse los edificios, era imposible su cumplimiento.

Cualquier persona de recto juicio puede entender que si los tres museos, tiendas, cafeterías, etc, debían haberse inaugurado en 2008 ocupando el conjunto edificatorio, y el Aytº no entregó los edificios ese año, ni en 2009, ni en 2010, ello daba sobrado derecho a AN/RC para pedir la resolución del contrato, o que se le novara y se pagaran las pérdidas auditadas, a elección del Aytº.

Y que el recto proceder de AN/RC quedaba demostrado con los documentos contractuales, los escritos, las actas notariales y las actas de la Comisión de seguimiento (a pesar de que su redacción siempre fuera a favor del Aytº) y que el cumplimiento de AN/RC había sido reconocido por el Aytº.

En marzo de 2011 (las elecciones municipales eran en mayo) el Aytº denegó la resolución del contrato pedida por AN/RC sin razón para ello. Y además exigió a AN/RC “seguir en el cumplimiento del contrato” y con ello seguir anticipando pagos de todos los “Gastos de Operativa Ordinaria, Grupo B”, (entre otros publicidad, eventos, etc. Y a partir de esa fecha no se rintegraron a AN/RC las cantidades pagadas por ésta. Y después le exigiría la “devolución” de las pagadas en años anteriores.

El propio Aytº había reconocido en varios escritos que solo lo abonaba “previa justificación documental” y siempre después de que AN/RC hubiera anticipado los pagos de los “Gastos de Operativa Ordinaria, Grupo B”, Doc 2,3,4,5,6 y 7 (no cualquier gasto).Por eso el Aytº reconoce, en varios escritos, haber pagado por “haber sido realizada la prestación objeto del expediente según lo establecido en el pliego, a entera satisfacción de la Corporación”

En su Informe (Doc 40) para denegar a AN/RC la resolución del contrato y el “derecho a ser indemnizada de acuerdo con la Ley”, previsto en el Doc 3, el Aytº lo argumenta diciendo que lo que se le ha pagado ha sido“…por la necesidad de mantener inmovilizadas sus colecciones…”(las colecciones se mantenían inmovilizadas por la exclusiva dada al Aytº, no pudiendo rentabilizarse por no tener los edificios en que exponerlas) y que “se le ha pagado por ese concepto…previsto en su Plan de Explotación…”Así mismo se le han abonado los gastos de personal, proyectos, actividades de promoción y publicidad con cargo a la aportación municipal anual para el establecimiento e inicio de las actividades objeto del contrato.” por lo que “… no ha sufrido perjuicio económico” suscribiendo este informe la Jefa económica de Cultura que condicionó el Plan de Explotación según interesaba al Aytº (Doc 4 bis)

Y NADA se cobró a beneficio de AN/RC ni sus socios y consejeros, pues éstos trabajaban sin sueldo, solo a % sobre beneficios, no producidos al no estar en explotación los museos.
Para poder calificar la grave situación provocada, baste considerar que: Frente a 5.675.000€ que el Aytº reintegró a AN/RC por facturas cuyo pago ésta anticipó hasta 7.502.000€ obligada por el contrato por ser “Gastos de operativa ordinaria Grupo B”, se pagaron las nóminas de los empleados malagueños de esos años (1.096.516€); los seguros (242.061€); el IVA e I.S. (1.199.754€) pagado a Hacienda; pagos a técnicos externos (universidades, científicos, textos, fotografos, redactores, creativos, diseñadores, dibujantes, delineantes, programadores, etc, 627.669€); los proyectos y equipamientos para museos de Ciencias que el Aytº se quedó (991.744€); la publicidad, promoción, gastos de viajes a las ferias (507.554€); los muebles, ordenadores, audiovisuales, etc, (210.742 €) que se ha quedado el Aytº; e incluso los 300.000€ a pagos directos al propio Aytº; más los regalos y lo pagado a sus campañas 240.000€ (Doc 9, y 112 al 120). Nada se pagó para beneficio de AN/RC.

En cuanto al objeto de esos gastos museísticos el 80% se dedicaron a la creación de los dos museos de Ciencias y solo el 20% al de Gemas y Artes, puesto que AN/RC eso ya lo tenía.

Por todo lo expuesto y documentado, más lo que sigue, queda claro que la Junta de Gobierno Local (formada solo con concejales del PP y presidida por el alcalde) tomó su acuerdo de reclamar a AN/RC la cantidad de 9.571.641,66€ ) con manifiesta irregularidad, tal vez por desinformación.

X.- Tras recibir oficialmente la petición de RESOLUCIÓN del Contrato, el alcalde citó en su despacho al presidente de AN/RC y le dijo que ya estaban en precampaña de las elecciones de municipales (de Mayo 2011) y que midiera bien. Que ésta vez sí se entregaría el conjunto edificatorio porque estaba casi acabado (AN/RC no lo podía comprobar porque tenía prohibido el acceso, incluso con notario). Y que si retiraba la petición de rescisión accedería a pagar las pérdidas auditadas; pero que AN/RC preparara una gran campaña publicitaria (que el Aytº compensaría) justificada porque la inauguración coincidiría con su campaña de elecciones.

Ante la posibilidad de cobrar las pérdidas, o enfrentarse a un pleito, AN/RC presentó al alcalde otro recurso retirando la petición de resolución del contrato (Doc 41) pero manteniendo que “se le reconozca el derecho a ser indemnizada, de acuerdo con la Ley ” (como dice el contrato, Doc 3) y negociaron la campaña publicitaria propuesta del alcalde, en la que el diario SUR repartiría gratis 400.000 minerales de enseñanza y colección, más posters con La Opinión y Málaga Hoy (Doc 42).

Para concretar lo acordado AN/RC y el alcalde convinieron en nombrar dos mediadores (se propuso al presidente de la CEM junto a otro del Consejo Asesor) que hablarían con el alcalde y con Carolina España. Pero al ir a recoger el escrito firmado por el alcalde según lo acordado, éste, pidió que la firma se pospusiera “para después de las elecciones” municipales. AN/RC vio en eso otra maniobra dilatoria como las de años anteriores y no aceptó. Después se nombraron otros mediadores, sin resultado)
Ya en plena campaña electoral, el alcalde denegó otra vez el recurso en el que AN/RC, aunque retiraba la petición de resolución, solicitaba “se le reconozca el derecho a ser indemnizada “, e instó a abrir los museos pero sin entregar los edificios en que ubicarlos.
Pasados más de tres años desde la fecha inaugural contratada, el Aytº solo había entregado los pabellones de oficinas y residencia y AN/RC había perdido más de tres años de ingresos, el 35 % de lo previsto (Doc 4,5,6). A esa fecha los gastos justificados y no reintegrados eran cero euros, pero al tener que continuar cumpliendo sus obligaciones como el Aytº exigía (en lo que podía hacerse sin edificios) AN/RC siguió pagando los “Gastos de operativa ordinaria, Grupo B”, que Aytº no reintegró.

Es pues evidente que desde en la reunión de 2009, donde se pretendió no entregar el conjunto completo, el contrato solo se mantuvo para seguir las obras, renunciando el Aytº a que AN/RC pagara los costos que excedieran de 19.500.000€, para que así no fuera necesario que ésta aprobara.

En la Comisión de seguimiento de 21 de marzo de 2011 (que llevaba más de un año sin que el alcalde accediera a reunirla) el Acta aparenta normalidad, pero la verdad es que fue de ruptura. El alcalde no autorizó a que se levantara acta al término de la misma, pero AN/RC leyó y entregó las notas para que se adjuntaran al acta, y quedó clara la utilización de AN/RC al impedir pudiera comunicar a los 59.381 solicitantes de empleo que los museos no se harían, como el concejal de Cultura admitió ante la Comisión de investigación (Doc 43 y bis).

El Aytº debía haber aceptado la resolución del contrato pedida por AN/RC en 2009 al quererle reducir a solo 4.000m2; o en 2010 (como diría el Consejo Consultivo) siendo claro que el Aytº había incumplido y que AN/RC sí se había establecido en Málaga e iniciado la actividad, manteniéndola en todo lo que permitía haber recibido solo el 7% del con junto edificatorio hasta esa fecha, 2011.

Como después se pudo comprobar por los documentos aquí adjuntos, cuando finalmente y después de mucho esperar AN/RC pidió la resolución del contrato por incumplimiento del Aytº y éste se lo denegó, se orquesto un plan contra AN/RC para forzar lo que acontecerá a partir de esa fecha:
Al sentir de AN/RC no hubo nunca intención de entregar los edificios para los dos museos de Ciencias, exigiéndole que abriera sólo una planta para las Gemas. Y si no accedía, el Aytº, a la vez que exigiría abrir el museo de Gemas, impediría abrirlo, para de este modo, culpar a AN/RC “por no haber abierto”, mientras apoyado por sus medios de comunicación afines se ocultaba la verdad.

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